Venta a distancia de medicamentos veterinarios

Los establecimientos comerciales deberán comunicar el inicio de la actividad, en su caso, la Consellería Medio Rural.

Condiciones de la venta a distancia al público

Únicamente podrán llevar a cabo la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria las oficinas de farmacia y los establecimientos comerciales al por menos de medicamentos veterinarios, abiertos al público, y legalmente autorizados.

No podrán venderse a distancia:

  • Las fórmulas magistrales.
  • Los preparados oficinales.
  • Las autovacunas de uso veterinario.
  • Los medicamentos veterinarios que no fuesen autorizados de acuerdo con la normativa aplicable.
  • Los medicamentos veterinarios sujetos a prescripción veterinaria.
  • Los medicamentos veterinarios que no se encuentren autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios e inscritos en el Rexistro de Medicamentos Veterinarios, o que no estén autorizados de conformidad con lo dispuesto en las normas europeas, que establecen los procedimientos comunitarios para la autorización y control de los medicamentos de uso humano y veterinarios y que regulan la Agencia Europea de Medicamentos.
     

Listado entidades con venta a distancia de medicamentos

Nome Nº de rexistro Dirección web
CM STORES & INNOVATIVE BUSINESS SL MV-27060001-DET www.comercialmida.es
SILVET GUITIRIZ SL MV-27022005-DET www.masgan.es
COMERCIAL VETERINARIA ADELA MV-27018001-DET www.agrotiendas.es
ZOOFEDI VET MV-27009002-DET www.zoofedi.com

Procedimientos asociados

  • MR521I - Establecimiento comercial al por menor: venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria

Legislación aplicable

 

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