La Comunidad Autónoma de Galicia tiene competencia exclusiva en materia de agricultura y denominaciones de origen, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general y de la política monetaria del Estado. Con base en esa competencia se aprobó el Decreto 158/2011, de 21 de julio, por el que se dictan normas de aplicación sobre los documentos que acompañan el transporte de productos vitivinícolas, los registros y las declaraciones de determinadas prácticas en el sector vitivinícola.
En el art. 9 del decreto antes mencionado se establece que las personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas que, para el ejercicio de su profesión o con fines comerciales, tengan en su poder un producto vitivinícola, deberán llevar una contabilidad vitivinícola mediante registros. En el artículo 18 de este decreto se recoge que la dirección general competente en materia de calidad agroalimentaria establecerá una aplicación informática de llevanza de los registros vitivinícolas, que se facilitará a los operadores comerciales que quieran utilizarla.
En estos últimos años las bodegas de nuestra comunidad consiguieron una modernización tecnológica muy relevante, tanto en sus procesos productivos, como en su gestión administrativa, siendo el sector vitivinícola una pieza clave del complejo agroalimentario gallego, que se articula fundamentalmente en torno a las cinco denominaciones de origen existentes: Monterrei, Rías Baixas, Ribeira Sacra, Ribeiro y Valdeorras y a las cuatro indicaciones geográficas: Barbanza e Iría, Betanzos, Ribeiras do Morrazo, Val do Miño-Ourense.
Teniendo en cuenta la modernización de la gestión administrativa de las bodegas, la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (AMTEGA), en colaboración con la Consellería do Medio Rural desarrolló una aplicación informática bajo la denominación ACIOS que facilita la llevanza digital de los registros vitivinícolas, conocidos habitualmente como Libros Registro.
El día 16/06/2020 se publicó la Orden de 10 de junio de 2020, por la que se establecen las disposiciones relativas a la llevanza informática de los registros obligatorios del sector vitivinícola mediante la aplicación informática ACIOS, en la que se establece el procedimiento para la llevanza informática de los Libros Registro y la autorización de aquellas bodegas que quieran llevar su contabilidad vitivinícola mediante esta aplicación.
Esta aplicación también facilitará la importación de datos desde las aplicaciones propias de contabilidad de las bodegas, el tratamiento de datos para la realización de varias declaraciones vitivinícolas (INFOVI, declaraciones FOGGA) y la gestión de datos de proveedores y confección de los contratos de compra-venta de uva, así como el cálculo de balances.
ACIOS
Es una aplicación para la llevanza informática de los Libros Registro de Bodegas
Contacto
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E-mail: calidadepo.agri@xunta.gal
Teléfono:986 80 54 81 / 986 80 54 60
Procedimientos asociados
- MR360E - Autorización llevanza informática de Libros Registro mediante aplicación ACIOS
Legislación aplicable
- R (UE) Nº 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios
- Reglamento Delegado (UE) 2018/273, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013
- Reglamento de Execución (UE) 2018/274, por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (UE) n.º 1308/2013
- Decreto 158/2011, del 21 de julio, por el que se dictan normas de aplicación sobre los documentos que acompañan el transporte de productos vitivinícolas, los registros y las declaraciones de determinadas prácticas en el sector vitivinícola en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- ORDEN de 10 de junio de 2020 por la que se establecen las disposiciones relativas a la llevanza informática de los registros obligatorios del sector vitivinícola mediante la aplicación informática ACIOS (código de procedimiento MR360E)
Más información
Preguntas frecuentes (FAQ)
Manuales y plantillas
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