El Rexistro de Entidades con Servizos de Asesoramento e Xestión de Galicia (Resaxega) se crea mediante el Decreto 235/2007 para dar cumplimiento a los reglamentos comunitarios R (CE) 1782/2003 y R (CE) 1698/2005.
El Decreto 235/2007 regula las condiciones que deben cumplir los servicios de asesoramiento y de gestión de las explotaciones agrarias.
Este registro está divido en 3 subsecciones: entidades que prestan servicios de asesoramiento, entidades que prestan servicios de asesoramiento y gestión y entidades que prestan servicios de gestión.
Servicios de asesoramiento
En el caso de las entidades que presten servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias deberán extender su actividad de asesoría, desde el diagnóstico de la situación, a la propuesta y ejecución de mejora en, por lo menos, las siguientes materias:
a) Requisitos Legales de Gestión, relativos a salud pública, sanidad animal, sanidad vegetal, medio ambiente y bienestar de los animales.
b) Buenas condiciones agrarias y ambientales.
c) Normas relativas a la seguridad laboral según la legislación comunitaria.
d) En el caso de personas agricultoras jóvenes, las relacionadas con el inicio de su actividad.
e) La información correspondiente a las medidas de acción positiva desde la vertiente de género.
Servicio de asesoramiento integral incluirá además de lo anterior:
f) Puesta en marcha del Contrato de Explotación Sostenible
g) Otras materias de gestión económica y ambiental de las explotaciones correspondientes a los nuevos retos establecidos en el Reglamento (CE) nº 74/2009 (cambio climático, energías renovables, gestión del agua, biodiversidad e mejora de la competitividad de las explotaciones lácteas.
h) Medidas que puedan establecerse en desarrollo del artículo 36. 2 y la disposición adic. 7ª de la Ley 2/2007, de 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia.
Servicios de Gestión
Estarán dirigidos a realizar un programa técnico y específico de gestión en alguno de estos ámbitos:
a) Gestión de los datos productivos y reproductivos de las explotaciones de vacuno, ovino y caprino.
b) Gestión de la agricultura sostenible de las explotaciones que permita lograr una mayor eficacia en diversas materias y contribuír a mejorar la viabilidad y el rendimiento global de la explotación.
c) Actuaciones de gestión técnica, de carácter específico, en el ámbito de la gestión zootécnica y agronómica para las diferentes orientaciones productivas.
Los servicios de gestión a las explotaciones agroganaderas, extenderán su actividad a la información correspondiente a las medidas de acción positiva desde a vertiente de género.